3 focos críticos en auditorías ambientales y cómo anticiparse antes de la próxima fiscalización

Quien trabaja en gestión ambiental dentro de una empresa sabe que las tareas nunca terminan: reportes en plataformas oficiales, coordinación con laboratorios, matrices de RCA que parecen infinitas y la constante posibilidad de una fiscalización de la SMA.

En nuestra experiencia, la mayoría de las observaciones que derivan en sanciones no se deben a impactos mayores en terreno, sino a aspectos formales de seguimiento y reporte que, en el día a día, se vuelven fáciles de pasar por alto.

Como ingenieros ambientales que también hemos estado en terreno y en gabinete, en GreenRiver sabemos que estos nudos aparecen incluso en equipos muy rigurosos. Por eso compartimos aquí tres focos críticos que conviene revisar con antelación.

1. Planes de seguimiento sin trazabilidad documental

La Resolución Exenta N° 223/2015 definió los contenidos mínimos de los planes e informes de seguimiento ambiental. La norma pide indicadores, metodologías, frecuencias y evidencia verificable.

El desafío práctico es que, en la rutina, los informes suelen listar compromisos sin vincularlos a la evidencia (archivos, registros, actas de terreno). El resultado: la SMA no puede comprobar el cumplimiento y levanta observaciones.

Qué variables se monitorean, qué indicadores, metodología y frecuencia La resolución exige que el plan de seguimiento contenga ciertos elementos mínimos que garantizan que se definan claramente estos componentes:

El Artículo 4 establece, entre otros:

  • a) Variables ambientales claramente identificadas.

“Componente, subcomponente y variables ambientales que serán objeto de muestreo, medición, análisis y/o control claramente identificadas.”

  • d) Parámetros para caracterizar el estado y evolución de esas variables.

“Parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de las variables ambientales objeto de muestreo, medición, análisis y/o control, según corresponda, claramente identificados.”

  • f) Método o procedimiento de muestreo o análisis.

“Método o procedimiento de muestreo, medición, análisis y/o control para cada parámetro.”

  • j) Frecuencia de cada actividad de muestreo, medición o control.

“Frecuencia de las actividades de muestreo, medición, análisis y/o control para cada parámetro.”

Además, el Artículo 10 agrega que cada informe debe indicar el periodo, frecuencia y plazo de entrega a la SMA.

2. Monitoreos de agua y datos brutos: un requisito sensible desde 2019

La Resolución Exenta N° 894/2019 instruyó que los informes de seguimiento en el componente agua (aguas superficiales, subterráneas, marinas y sedimentos) deben anexar los datos brutos en planillas editables.

El Artículo 2° señala que los archivos deben contener resultados originales con fechas, coordenadas, parámetros, unidades y observaciones. La medida entró en vigor pleno el 27 de septiembre de 2019, junto con planillas estandarizadas publicadas por la SMA (actualizadas en 2020).

Esto significa que ya no basta con entregar gráficos o tablas resumen: la autoridad revisa la serie completa. La omisión de datos brutos suele generar observaciones inmediatas, porque sin ellos no se puede validar la consistencia de los resultados.

3. Reportabilidad en plataformas oficiales: el talón de Aquiles administrativo

El Sistema Nacional de Fiscalización Ambiental (SNIFA) muestra que muchas sanciones se originan en problemas de carga de reportes:

  • Entrega fuera de plazo, aunque la RCA establezca frecuencias precisas.
  • Inconsistencias entre los compromisos de la RCA y lo informado.
  • Archivos incompletos o en formatos incompatibles.

En varios procedimientos sancionatorios estos descuidos administrativos fueron el punto de partida de multas considerables.

👉 No es falta de conocimiento técnico: es falta de tiempo y de controles cruzados.

Cómo anticiparse

  • Mantener una matriz de compromisos actualizada, con la evidencia vinculada.
  • Aplicar protocolos de aseguramiento y control de calidad en datos críticos como agua y aire.
  • Definir un calendario de carga con responsables claros y revisión previa antes de enviar a plataformas de la SMA.

Con estas prácticas, el equipo ambiental puede liberar tiempo para lo realmente estratégico y no quedar atrapado en observaciones reiterativas. Una auditoría independiente antes de la fiscalización ayuda a detectar estas brechas de manera costo-efectiva.

Preguntas frecuentes

1. ¿Qué consecuencias tiene un informe con baja trazabilidad? Genera observaciones que pueden escalar a requerimientos formales y, si no se corrigen, a sanciones.

2. ¿Qué significa “datos brutos” en monitoreos de agua? Son los registros originales obtenidos en terreno o laboratorio. La Res. Ex. 894/2019 obliga a entregarlos en planillas editables.

3. ¿Por qué son tan relevantes los plazos de reportabilidad? Porque cada Instrumento de Carácter Ambiental (Plan de prevención y descontaminación ambiental o PPDA; norma de emisión o NE, Norma de calidad o NC; Resolución de calificación Ambiental o RCA) fija frecuencias de entrega. Un informe fuera de plazo es incumplimiento, aunque su contenido esté correcto.

4. ¿Las auditorías internas o independientes son obligatorias? No, pero son recomendadas porque permiten detectar desviaciones antes de que la SMA las observe.

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